En cualquier relación laboral, el trabajador tiene unos derechos, pero también unas obligaciones que ha de cumplir, porque de lo contrario, el empresario puede tomar cartas en el asunto. Una de las decisiones más habituales que trata un abogado laboralista en Sevilla es el despido, pero sin llegar a tener un carácter tan grave, también se pueden adoptar sanciones disciplinarias, de las cuales vamos a hablar en las siguientes líneas.

En Ache Abogados siempre advertimos a empresarios o empleados que acuden a nuestro despacho para informarse de este asunto que el empleado está obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue, según se recoge en el Estatuto de los Trabajadores. Así, su incumplimiento, sea coyuntural o reiterado, puede implicar la adopción de sanciones disciplinarias, que pueden ir desde el despido disciplinario, tal y como recoge el artículo 54, o la suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias, según el artículo 45.

El problema por el que muchos trabajadores acuden a un abogado laboralista en Sevilla es por el hecho de que la gravedad de las sanciones no está estipulada en el estatuto de los trabajadores y, a menos que se recoja en un convenio especial de la empresa, es el propio empresario el que decide si las acciones son consideradas muy graves, graves o leves.

De esta forma, el empleado, si no está de acuerdo con la sanción, puede presentar una papeleta de conciliación y, en caso necesario demanda, siendo siempre el empresario el que debe demostrar los hechos por los que se acuerda la sanción disciplinaria.

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